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Sentencia 008-2009__911-008-
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA, regular y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso tributario interpuesto por AES DOMINICAN POWER PARNERTS LTD., contra la Resolución de reconsideración No. 42-07, de fecha 1ero de febrero del año 2007 dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: REVOCA, en cuanto al fondo la Resolución de Reconsideración No. 42-07 dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en fecha 1ero de febrero del año 2007, por improcedente, mal fundada y carente de base legal. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia a la parte recurrente AES DOMINICAN POWER PARNERTS LTD., a la Dirección General de Impuestos Internos y al Procurador General Tributario y Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. YADIRA DE MOYA KUNHARDT Juez Presidente FRINETTE PADILLA JIMENEZ JULIA N A. HENRIQUEZ P. Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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