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Sentencia 012-1998__1334-012

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia012-1998__1334-012
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Se declara la inconstitucionalidad de los artículos 63, (1ra. parte), 80 y 143 de la Ley 11-92 del 16 de mayo de 1992; Segundo: Se declara bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso-tributario interpuesto por la compañía Atlántica, C. por A., contra la Resolución No.16-97 de fecha 23 de enero del año mil novecientos noventa y siete (1997), dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, por haber sido interpuesto dentro del plazo legal; Tercero: Se desestima el dictamen del Magistrado Procurador General Tributario en el sentido de que "declaréis irrecibible el recurso contencioso-tributario interpuesto por Atlántica, C. por A., en fecha 7 de febrero del año 1997, contra la Resolución No. 16-97, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, el 23 de enero del año 1997, por la violación de lo estipulado taxativamente, en los artículos 63 80 y 143 de la Ley 11-92 del 16 de mayo de 1992 (Código Tributario de la República Dominicana); Cuarto: Se ordena la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario con la finalidad de que dentro del plazo legal produzca su dictamen sobre el fondo del asunto. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Andrés Rodríguez M., María Altagracia Rosario C., Miriam Castillo B. y Judhit Contreras E. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 6 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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