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Sentencia 013-2005__1267-013
Lo que falló el Tribunal
Primero: Declara, bueno y válido en cuanto a la forma la acción en repetición de pago Indebido interpuesta por la empresa Eaton Cutler and Hammer, S. A., contra el Oficio C. C. No. 1694 de fecha 17 de enero del 2003 emitido por el Director General de Impuestos Internos; Segundo: Desestima, el Dictamen 97-2004 de fecha 07 de octubre del 2004, del Magistrado Procurador General Tributario, por improcedente y mal fundado; Tercero: Declara, la existencia de un crédito a favor de la empresa recurrente Eaton Cutler and Hammer, S. A., por concepto de pago indebido de impuestos por retención a pagos de dividendos accionistas, correspondiente al ejercicio fiscal 2001; Cuarto: Ordena, a dicha Dirección General el reembolso inmediato a favor de la empresa Eaton Cutler and Hammer, S. A., de la suma pagada indebidamente por retención de dividendos pagados a accionistas de la empresa, correspondiente al ejercicio fiscal 2001, o en su lugar que se le otorgue un crédito fiscal para ser compensado con otros tributos que pueda tener la recurrente con esa Dirección General; Quinto: Ordena, la comunicación de la presente sentencia, por Secretaría a la parte recurrente Eaton Cutler and Hammer, S. A., y al Magistrado Procurador General Tributario; Sexto: Ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira de Moya K., Judhit Contreras E., Julián A. Henríquez P. y Ana Luisa Smith Peña., Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifico. www.suprema.gov.do
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