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Sentencia 015-2001__900-015-
Lo que falló el Tribunal
Primero: Declarar, como al efecto declara, bueno y válido en cuanto a la forma el presente recurso contenciosotributario por haber sido interpuesto conforme a la ley; Segundo: Rechazar, como al efecto rechaza, en cuanto al fondo el recurso incoado por la firma J. Armando Bermúdez & Co., C. por A., por carecer de base legal; y en consecuencia, confirmar, como al efecto confirma en todas sus partes la Resolución No. 191-2000, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas en fecha 31 de mayo del 2000; Tercero: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia, por secretaría a la firma J. Armando Bermúdez & Co., C. por A., así como al Magistrado Procurador General Tributario; Cuarto: Ordenar que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Sara Henríquez Marín, Yadira de Moya K., María Alt. Rosario C., Julián A. Henríquez P. y Judhit Contreras E., Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do
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