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Sentencia 017-2001__648-017-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia017-2001__648-017-
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declarar, como al efecto declara, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la firma Aluminio Rohmer C. por A., en fecha 28 de marzo de 1988, contra la Resolución No. 147-88 de fecha 5 de febrero de 1988, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas; Segundo: Modificar, como al efecto modifica, en cuanto al fondo la Resolución No. 147-88, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas en fecha 5 de febrero de 1988, en el sentido de anular el ajuste “deducciones Ley 299 no admitidas”, ascendente a la suma de RD$121,729.00, por proceder en derecho; Tercero: Confirmar, como al efecto confirma, en todas sus demás partes la Resolución No. 147-88, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas en fecha 5 de febrero de 1988, por ser justa y reposar sobre base legal; Cuarto: Ordenar, como al efecto ordena, la comunicación de la presente sentencia, por Secretaría a la firma recurrente Aluminio Rohmer, C. por A., y al Magistrado Procurador General Tributario, para fines de conocimiento; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira de Moya K., María Alt. Rosario C. y Judhit Contreras E., Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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