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Sentencia 017-2013__85-017-2
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: Declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad comercial TURÍSTICA YARA-RI DOMINICANA, S. A. (HOTEL SIVORY PUNTA CANA), en fecha 4 de mayo del año 2010, contra la Resolución No. 259-09, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, de fecha 6 de agosto de 2009, conforme los motivos antes indicados. SEGUNDO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente, TURÍSTICA YARA-RI DOMINICANA, S. A. (HOTEL SIVORY PUNTA CANA), a la Dirección General de Impuestos Internos, y al Procurador General Administrativo. TERCERO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. DELFINA AMPARO DE LEON SALAZAR Jueza Presidente en Funciones MILDRED I. HERNANDEZ GRULLÓN SERGIO ANTONIO ORTEGA Juez Juez YUDELKA POLANCO LEÓN Secretaria General en Funciones DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. YUDELKA POLANCO LEÓN Secretaria General en Funciones La presente sentencia de fecha VEINTIOCHO (28) del mes de FEBRERO del año DOS MIL TRECE (2013) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los VEINTIOCHO (28) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL TRECE (2013). YUDELKA POLANCO LEÓN Secretaria General en Funciones
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