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Sentencia 019-2013__1627-019
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA inadmisible el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la empresa PUBLIONE, S. A., en fecha veintinueve (29) de abril del año 2011, contra la Resolución de Reconsideración No.215-11 de fecha 16 de marzo 2011, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por no cumplir con las formalidades establecidas en los artículos 144 y 158 de la Ley No.11-92 del 16 de mayo del 1992, (Código Tributario), modificado por la Ley No. 173-07 de Eficiencia Recaudatoria de fecha 17 del mes de julio del año 2007. SEGUNDO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente empresa PUBLIONE, S. A., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. TERCERO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta FEDERICO E. FERNANDEZ DIOMEDE Y. VILLALONA Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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