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Sentencia 019-2013__235-019-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia019-2013__235-019-
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el presente recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad comercial HIDRÁULICA MECANIZADA INTERNACIONAL, C por A, contra la Resolución de Reconsideración No. 318-11, de fecha 16 de mayo del 2011, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por haber sido interpuesto en tiempo hábil y de conformidad con la ley. SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo, el presente recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad comercial HIDRÁULICA MECANIZADA INTERNACIONAL, C por A, contra la Resolución de Reconsideración No. 318-11 de fecha 16 de mayo del 2011, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por violación a las formalidades procesales establecidas en el artículo 139 del Código Tributario (Ley No. 11-92). TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por secretaría a la parte recurrente HIDRÁULICA MECANIZADA INTERNACIONAL, C por A, a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. FEDERICO E. FERNÁNDEZ Juez Presidente FRANKLIN CONCEPCIÓN ACOSTA FERNANDO FERNÁNDEZ CRUZ Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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