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Sentencia 021-2001__907-021-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia021-2001__907-021-
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declarar, como al efecto declara, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contenciosotributario, incoado por Atlántica, C. por A., en fecha 7 de febrero de 1997; Segundo: Revocar, como al efecto revoca, en cuanto al fondo la Resolución No. 16-97 de fecha 23 de enero de 1997, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, por improcedente y mal fundada; Tercero: Acoger, como al efecto acoge, como bueno y válido el pago realizado por la recurrente Atlántica, C. por A., por concepto de Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio 1989, y por ende declarar extinguida la obligación tributaria; Cuarto: Ordenar, como al efecto ordena, la notificación por Secretaría de la presente sentencia a la firma recurrente Atlántica, C. por A., así como al Magistrado Procurador General Tributario; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira de Moya K., María Alt. Rosario C., Julián A. Henríquez P. y Judhit Contreras E., Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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