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Sentencia 021-2008__1937-021

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia021-2008__1937-021
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso tributario interpuesto por el recurrente INVERSIONES TRINO, S. A., en fecha 06 de junio del año 2007, contra la Comunicación SGR No. 19335 de fecha 17 de abril del año 2007, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos. SEGUNDO: ORDENA, a la Dirección General de Impuestos Internos que excluya temporalmente los activos fijos adquiridos por la empresa recurrente de la base imponible del Impuesto sobre Activos para el ejercicio 2006, por un período de tres (3) años y en consecuencia revoca en todas sus partes la Comunicación SR No. 193335 emitida por la Dirección General de Impuestos Internos en fecha 17 de abril del año 2007, por improcedente, mal fundada y carente de base legal. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente INVERSIONES TRINO, S. A., a la Dirección General de Impuestos Internos y al Magistrado Procurador General Tributario y Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. YADIRA DE MOYA KUNHARDT Juez Presidente FRINETTE PADILLA JIMENEZ JULIAN A. HENRIQUEZ P. Juez Juez ANA LUISA SMITH PEÑA Secretaria DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes, año expresados, la que fue leída por mi secretaria que certifica. ANA LUISA SMITH PEÑA Secretaria

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