← Tribunal Superior Administrativo

Sentencia 030-1643-2021-SSEN-00511

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
RecurrenteDupuy Barcelo, S.R.L., Librada Emilia Contreras de Jesus, LUIS Alcibiades Perez NAUT, Procuraduría General Administrativa, Ramon Antonio Barroso Hernandez
contra
RecurridoDirección General de Impuestos Internos (DGII), Ubaldo Trinidad Cordero
Sentencia030-1643-2021-SSEN-00511
Expediente030-2020-CT-00420
Fecha2021-11-08
MateriaContencioso Tributario
Páginas10

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: ACOGE como bueno y válido en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 12 de noviembre de 2020 por la entidad DUPUY BARCELÓ, S.R.L., SRES. RAMÓN ANTONIO BARROSO HERNÁNDEZ, LIBRADA EMILIA CONTRERAS DE JESÚS Y LUIS ALCIBÍADES PÉREZ NAUT, contra la Resolución de Providencia núm. 292-2020, dictada en fecha 1 de octubre de 2020, por el Ejecutor Administrativo Tributario de la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por haber sido incoado de acuerdo con las disposiciones que rigen la materia. SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo, el presente recurso contencioso tributario por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente sentencia. TERCERO: DECLARA el presente proceso libre de costas. CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por secretaría a las partes en lítis en el presente litigio y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA. QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por nuestra sentencia, así se pronuncian, ordena, mandan y firman. La presente sentencia fue revisada, aprobada y firmada vía electrónica, por las magistradas MERY LAINE COLLADO TACTUK, Jueza Presidente; YISSELL BDA. SOTO PEÑA, Jueza; NATHALIE NOVA SOTA, Jueza, que integran la Quinta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo, y por LASSUNSKY D. GARCÍA VALDEZ, Secretaria General del Tribunal Superior Administrativo.

Leer la sentencia completa

El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 10 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

Abrir el PDF (10 págs.)