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Sentencia 032-2014.__4444-032
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario incoado por la entidad INDUSTRIAS NIGUA, C. POR A., contra la Resolución de Reconsideración No. 197-08 de fecha veintinueve (29) del mes de julio del año 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo, el Recurso Contencioso Tributario incoado por la entidad INDUSTRIAS NIGUA, C. POR A., contra la Resolución de Reconsideración No. 197-08 de fecha veintinueve (29) del mes de julio del año 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por improcedente y mal fundada, y en consecuencia, CONFIRMA en todas sus partes dicha Resolución, dejando sin efecto la Sentencia de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo No. 91-2011, de fecha treinta y uno (31) del mes de agosto del año 2011. TERCERO: ORDENA la Comunicación de la presente Sentencia vía Secretaría General del Tribunal, a la parte recurrente, entidad INDUSTRIAS NIGUA, C. POR A., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta DIOMEDE Y. VILLALONA G.RAFAEL A. BÁEZ GARCÍA JuezJuez EVELIN GERMOSÉN Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. EVELIN GERMOSÉN Secretaria General La presente Sentencia de fecha SIETE (07) del mes de FEBRERO del año DOS MIL CATORCE (2014), es Copia fiel conforme a su Original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los SIETE (07) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL CATORCE (2014). EVELIN GERMOSÉN Secretaria General PRIMERA SALA JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta DIOMEDE Y. VILLALONA G. Juez RAFAEL A. BÁEZ GARCÍA Juez F A L L A : PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario incoado por la entidad INDUSTRIAS NIGUA, C. POR A., contra la Resolución de Reconsideración No. 197-08 de fecha veintinueve (29) del mes de julio del año 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo, el Recurso Contencios
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