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Sentencia 053-1998__1373-053
Lo que falló el Tribunal
Primero: Se declara la inconstitucionalidad de los artículos 63 (1ra. parte), 80 y 143 de la Ley 11-92 del 16 de mayo de 1992; Segundo: Se declara admisible en cuanto a la forma el recurso contencioso-tributario interpuesto por la "Compañía Química Dominicana, S. A., contra la Resolución No. 002/98 de fecha 6 de enero del año mil novecientos noventa y ocho (l998), dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas; Tercero: Se ordena la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario, con la finalidad de que dicho funcionario produzca su dictamen sobre el fondo del asunto, dentro del plazo legal. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Andrés Rodríguez M., Miriam Castillo B., María Alt. Rosario C., Judhit Contreras E. y Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces, antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por a mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do
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