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Sentencia 057-1998__1377-057
Lo que falló el Tribunal
Primero: Se declara la inconstitucionalidad de los artículos 63 (1ra. parte), 80 y 143 de la Ley 11-92 del 16 de mayo de 1992; Segundo: Se declara admisible en cuanto a la forma el recurso contencioso-tributario interpuesto por Hotel New York, contra la Resolución No. 185-98 de fecha 15 de abril de 1998, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas; Tercero: Se ordena la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario, con la finalidad de que dicho funcionario dentro del plazo legal produzca su dictamen sobre el fondo del asunto. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Andrés Rodríguez M., María Altagracia Rosario C., Miriam Castillo B. y Judhit Contreras E. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la presente sentencia, que antecede, por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do
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