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Sentencia 057-2001__1419-057

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia057-2001__1419-057
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declarar, como al efecto declara, la inconstitucionalidad de los artículos 63 (1ra. parte), 80 y 143 del Código Tributario (Ley 11-92) de fecha 16 de mayo de 1992; Segundo: Declarar, como por la presente declara, bueno y válido en cuanto a la forma el presente recurso contencioso tributario incoado por los sucesores de la Finada Andrea López Vda. Abreu, en fecha 7 de diciembre del año 2000, contra la Resolución No. 310-2000 dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas en fecha 22 de noviembre del 2000; Tercero: Desestimar, como al efecto desestima, el Dictamen No. 121-2001 de fecha 6 de septiembre del 2001 del Magistrado Procurador General Tributario; Cuarto: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario, con la finalidad de que dicho funcionario produzca su dictamen sobre el fondo del asunto, dentro del plazo legal; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira De Moya K., María Altagracia Rosario C., Julián A. Henríquez P. y Judhit Contreras E. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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