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Sentencia 057-2013__3438-057

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia057-2013__3438-057
Páginas13

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la empresa NESTLÉ DOMINICANA, S. A., contra la Resolución de Reconsideración No.362-10 emitida en fecha 13 de diciembre de 2010, por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: ACOGE parcialmente en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la empresa NESTLÉ DOMINICANA, S. A., en fecha diecisiete (17) de febrero del año 2011, en el sentido de: 1) Disminuir el ajuste "Diferencia de ingresos" de la suma de RD$111,586,527.70, a la suma de RD$13,193,798.67 por las razones antes argüidas; 2) Rectificar el ajuste "Adelantos no admitidos en compras de bienes y servicios locales" de los meses enero, febrero y marzo de 2009, al existir una aceptación de adelantos y 3) Rectificar el ajuste "Adelantos no admitidos en importaciones" a fin de que sean tomados en cuenta los valores certificados por la DGA en las declaraciones juradas de ITBIS; y mantener en todas sus demás partes la resolución recurrida. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente, empresa NESTLÉ DOMINICANA, S. A., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta FEDERICO E. FERNANDEZ DIOMEDE Y. VILLALONA G. Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha CATORCE (14) del mes de FEBRERO del año DOS MIL TRECE (2013) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los CATORCE (14) días del mes de FEBRERO del año DOS MIL TRECE (2013). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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