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Sentencia 062-2001__1424-062

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia062-2001__1424-062
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declarar, como al efecto declara, buena y válida en cuanto a la forma la demanda en levantamiento de embargo retentivo y en nulidad del procedimiento ejecutorio interpuesta por la parte recurrente Bello Motors, S. A., y/o Roselio Bello Paulino y/o Rosa Mercedes Beato, en fecha 30 de enero del 2001; Segundo: Desestimar, como al efecto desestima, el Dictamen No. 119-2001 de fecha 12 de octubre del 2001, del Magistrado Procurador General Tributario; Tercero: Declarar, como al efecto declara, la nulidad del mandamiento de pago realizado mediante Acto No. 381-00 de fecha 5 de septiembre del 2000, por no cumplir con los requisitos de los artículos 91 y 92 del Código Tributario, en consecuencia se declara nulo el embargo retentivo trabado mediante Acto No. 406-00 de fecha 18 de septiembre del 2000 de la ministerial Samira Vásquez practicado contra Bello Motors, S. A., y/o Roselio Bello Paulino y/o Rosa Mercedes Beato, y se ordena el levantamiento del embargo retentivo trabado contra dicha compañía; Cuarto: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira De Moya K., Julián A. Henríquez P. y Judhit Contreras E. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 6 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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