← Tribunal Superior Administrativo
Sentencia 065-1998__1385-065
Lo que falló el Tribunal
Primero: Se declara la inconstitucionalidad de los artículos 8 de la Ley No. 1494 modificado de fecha 2 de agosto de 1947 y sus concordantes 63 (1ra. parte), 80 y 143 de la Ley No. 11-92 del 16 de mayo de 1992; Segundo: Se declara admisible el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por Peravia Motors, C. por A., contra la Resolución No. 212-90 de fecha 7 de marzo de 1990, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas; Tercero: Se ordena la comunicación de la presente sentencia por secretaría a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario con la finalidad de que dicho funcionario produzca su dictamen sobre el fondo del asunto dentro del plazo legal. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Andrés Rodríguez M., Adanela Cedeño P., Miriam Castillo B., María Alt. Rosario C. y Judhit Contreras E., Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do
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