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Sentencia 067-2002__1101-067

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia067-2002__1101-067
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Ratificar, como al efecto ratifica, la declaratoria de validez del recurso en cuanto a la forma, incoado por la recurrente Atlántica, C. por A., en fecha 19 de diciembre de 1996, pronunciada y dictaminada por Sentencia No. 10-98 de fecha 30 de enero de 1998 de este mismo tribunal; Segundo: Revocar, como al efecto revoca, en cuanto al fondo la Resolución No. 578-96 de fecha 4 de diciembre de 1996, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, por improcedente y mal fundada; Tercero: Acoger, como al efecto acoge, como bueno y válido el pago realizado por la recurrente Atlántica, C. por A., por concepto de Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), correspondiente a los meses de diciembre de 1989, enero, febrero, marzo y abril de 1990, quedando en consecuencia extinguida la obligación tributaria; Cuarto: Ordenar, como al efecto ordena, la notificación por Secretaría de la presente sentencia a la firma recurrente Atlántica, C. por A., así como al Magistrado Procurador General Tributario; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira De Moya K., María Alt. Rosario C. y Julián A. Henríquez P. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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