← Tribunal Superior Administrativo
Sentencia 067-2003__1177-067
Lo que falló el Tribunal
Primero: Declarar, como al efecto Declara, la Inconstitucionalidad de los artículos 63 (1ra. Parte), 80 y 143 del Código Tributario (Ley 11-92), de fecha 16 de mayo de 1992; Segundo: Declarar, como por la presente declara, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso-tributario interpuesto por la empresa Nestlé Dominicana, S. A., continuadora jurídica de Helados Nestlé, S. A., en fecha 3 de septiembre del 2002, contra la Resolución No.140-02 dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas en fecha 20 de agosto del 2002; Tercero: Desestimar, como al efecto desestima, los dictámenes Nos.129-2002 de fecha 4 de diciembre del 2002, y 70-03 de fecha 7 de agosto del 2003, respectivamente, del Magistrado Procurador General Tributario, por improcedentes y mal fundados; Cuarto: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente Nestlé Dominicana, S. A., continuadora jurídica de Helados Nestlé, S. A., y al Magistrado Procurador General Tributario, con la finalidad de que dicho funcionario produzca su dictamen sobre el fondo del asunto, dentro del plazo legal; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Judhit Contreras E., Julián A. Henríquez P. y Rafael Acosta Cabral, Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifico. www.suprema.gov.do
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