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Sentencia 073-2011__2666-073

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia073-2011__2666-073
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el señor ANDRES RAMIREZ DE LA CRUZ, en fecha 20 de enero del año 2010, en contra de la Resolución de Reconsideración No. 374-09, de fecha 16 de noviembre del año 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: REVOCA, en todas sus partes la Resolución de Reconsideración No. 374-09, de fecha 16 de noviembre del año 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), relativa a la determinación del Impuesto sobre la Renta de Persona Física (IR-1), correspondiente a los períodos fiscales 2007 y 2008, por improcedente, mal fundada y carente de base legal. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente ANDRES RAMIREZ DE LA CRUZ, a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo, para su conocimiento y fines procedentes. CUARTO: ORDENA, que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. SARA HENRIQUEZ MARIN Juez Presidente JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC FEDERICO E. FERNANDEZ Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la presente sentencia que antecede por los jueces antes mencionados celebrando audiencia pública el mismo mes, días y año expresados la que fue leída por mi Secretaria que Certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha CATORCE (14) días del mes de JULIO del año DOS MIL ONCE (2011) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito. Está certificación se expide a solicitud de la PARTE INTERESADA. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los VEINTINUEVE (29) días del mes de JULIO del año DOS MIL ONCE (2011). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 8 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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