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Sentencia 077-2003__1118-077

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia077-2003__1118-077
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declarar, como al efecto declara, buena y válida la presente instancia de interpretación de contrato al tenor del artículo 141 del Código Tributario interpuesto por Transamerican Hoteles, S. A., en fecha 4 de febrero del año 2002; Segundo: Declarar, como por la presente declara, la validez del contrato de exenciones fiscales de fecha 20 de junio de 1984 suscrito entre el Estado Dominicano y Transamerican Hoteles, S.A., ratificado por el Congreso Nacional, mediante el cual Transamerican Hoteles, S.A. está exenta del pago del Impuesto sobre la Renta, siempre que sus beneficios se originen en la explotación propia del Hotel; Tercero: Declarar, como al efecto declara, que respecto a las ganancias obtenidas por la recurrente, la misma deberá cumplir ante el fisco con sus obligaciones tributarias, ya que no se trata de operaciones propia de la explotación turística; Cuarto: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín., Yadira De Moya K., Judhit Contreras E., Julián A. Henríquez P. y Rafael E. Acosta Cabral. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifico. www.suprema.gov.do

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