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Sentencia 082-2008__438-082-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia082-2008__438-082-
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES POPULAR, S. A.; en fecha 24 de mayo del año 2007, en contra de la Resolución de Reconsideración No.14707, de fecha 9 de abril del año 2007, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos. SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario por improcedente, mal fundado y carente de base legal y en consecuencia CONFIRMA, la Resolución de Reconsideración No.147-07, de fecha 9 de abril del año 2007, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos, por estar conforme con la ley y los principios tributarios vigentes. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES POPULAR, S. A., y al Magistrado Procurador General Tributario y Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. SARA HENRIQUEZ MARIN Juez Presidente FEDERICO E. FERNANDEZ HONORIO SUZAÑA Juez Juez Suplente ANA LUISA SMITH PEÑA Secretaria DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. ANA LUISA SMITH PEÑA Secretaria

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