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Sentencia 085-2005__1525-085

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia085-2005__1525-085
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declara, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso-tributario incoado por la firma Grupo Punta Cana, S.A., en fecha 15 de abril del año 2003, en contra de la Resolución No. 65-03 de fecha 07 abril del año 2003, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas. Segundo: Rechaza, en cuanto al fondo el recurso Contencioso-Tributario interpuesto por la recurrente Grupo Punta Cana, S.A., por improcedente, mal fundado y carente de base legal y en consecuencia confirma la Resolución No. 65-03 de fecha 07 de abril del año 2003, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, por estar fundamentada sobre base legal. Tercero: Ordena, la comunicación de la presente Sentencia por Secretaría a la parte recurrente Grupo Punta Cana, S.A., y al Magistrado Procurador General Tributario. Cuarto: Ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Lic. Sara Henríquez Marín, Juez Presidente Lic. Yadira de Moya K., Lic. Judit Contreras E., Juez Vicepresidente. Juez. Lic. Julián A. Henríquez P., Juez Lic. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. Lic. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria

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