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Sentencia 086-2011__2672-086
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa CÉSPEDES GONZALEZ, C. POR A., en fecha 16 de octubre de 2009, en contra de la Resolución de Reconsideración No. 286-09, de fecha 14 de septiembre del año 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo, el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa CÉSPEDES GONZALEZ, C. POR A., por improcedente, mal fundado y carente de base legal, y en consecuencia CONFIRMA la Resolución de Reconsideración No. 286-09, de fecha 14 de septiembre del año 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por estar conforme a la ley. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente, CÉSPEDES GONZALEZ, C. POR A., a la Dirección General de Impuestos Internos y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. SARA HENRIQUEZ MARIN Juez Presidente FEDERICO E. FERNANDEZ DANILO CARABALLO NUÑÉZ Juez Juez Suplente GISSELLE TIBURCIO JIMENEZ Secretaria General en Funciones DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GISSELLE TIBURCIO JIMENEZ Secretaria General en Funciones La presente sentencia de fecha DOCE (12) del mes de AGOSTO del año DOS MIL ONCE (2011) es copia fiel a su original a cuya prueba me remito. Está certificación se expide a solicitud de la PARTE INTERESADA. En la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana a los VEINTISIETE (27) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL ONCE (2011). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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