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Sentencia 091-2014__4017-091

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia091-2014__4017-091
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: Acoge el DESISTIMIENTO depositado por la parte accionante ORLANDO ANTONIO MARTINEZ PEÑA, en representación de la entidad BANCA DE LOTERÍA O.M., en fecha 30 de julio del año 2013, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto contra las decisiones administrativas No. 1109046628 y 1108043495, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: ORDENA, el archivo definitivo del expediente objeto del presente recurso contencioso tributario interpuesto por la entidad ORLANDO ANTONIO MARTINEZ PEÑA, en representación de la entidad BANCA DE LOTERÍA O.M., en fecha 30 de julio del año 2013, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto contra las decisiones administrativas No. 1109046628 y 1108043495, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). TERCERO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por secretaría a la parte recurrente ORLANDO ANTONIO MARTINEZ PEÑA, en representación de la entidad BANCA DE LOTERÍA O.M., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta DIOMEDE Y. VILLALONA G. RAFAEL A. BAEZ GARCIA Juez Juez EVELIN GERMOSEN Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. EVELIN GERMOSEN Secretaria General La presente Sentencia de fecha DIECISIETE (17) del mes de MARZO del año DOS MIL CATORCE (2014), es Copia fiel conforme a su Original a cuya prueba me remito, la cual expido, sello y firmo para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los DIECISIETE (17) del mes de MARZO del año DOS MIL CATORCE (2014). EVELIN GERMOSÉN Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 7 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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