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Sentencia 096-1999__635-096-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia096-1999__635-096-
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Desestimar, como al efecto desestima, el Dictamen No. 257/99, de fecha 11 de agosto de 1999, del Magistrado Procurador General Tributario, por improcedente y mal fundado; Segundo: Declarar, como al efecto declara, admisible en la forma el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la firma Tavares Industrial, C. por A., contra la Resolución No. 469/90, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, en fecha 25 de julio de 1990; Tercero: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia, por secretaría a la firma Tavares Industrial, C. por A., y al Magistrado Procurador General Tributario, a fin de que dicho funcionario produzca su dictamen en cuanto al fondo del asunto en el plazo legal; Cuarto: Ordenar, como por la presente ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín Judicial del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira De Moya K., Julián A. Henríquez P., María Alt. Rosario C. y Judith Contreras E. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico.

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 6 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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