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Sentencia 102-2010__795-102-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia102-2010__795-102-
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso tributario interpuesto por la recurrente UNILEVER CARIBE, S. A., en fecha 13 de noviembre del año 2008, contra la Resolución de Reconsideración No. 251-08, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos, en fecha 10 de octubre del año 2008. SEGUNDO: MODIFICA en cuanto al fondo la Resolución de Reconsideración No. 251-08, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos, en fecha 10 de octubre del año 2008, en el sentido de revocar la sub-partida "Gastos de realojamiento", ascendente a la suma de RD$37,549.00 y Reducir la subpartida "Gastos de entrenamiento", ascendente a la suma de RD$194,889.00 a la suma de RD$147,462.00, pertenecientes ambas a la partida "Gastos ajenos a la actividad de la empresa", del ajuste "Gastos no admitidos", del período fiscal 2005, y en consecuencia confirma en sus demás partes la resolución recurrida. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente UNILEVER CARIBE, S. A., a la Dirección General de Impuestos Internos, y al Magistrado Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. YADIRA DE MOYA KUNHARDT Juez Presidente FRINETTE PADILLA JIMENEZ JULIAN A. HENRIQUEZ P. Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente Sentencia de fecha DIEZ (10) del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL DIEZ (2010), es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los diez (10) días del mes de septiembre del año DOS MIL DIEZ (2010). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 20 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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