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Sentencia 104-2011__2718-104
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la presente Solicitud de Adopción de Medida Cautelar interpuesta por la entidad RIU HOTELS, S. A., en fecha 20 de julio del año 2011, tendente a la suspensión provisional de la ejecución de la Resolución de Inscripción de Privilegio de fecha 20 de junio del año 2011, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo, la Solicitud de Adopción de Medida Cautelar interpuesta por la entidad RIU HOTELS, S. A., en fecha 20 de julio del año 2011, tendente a la suspensión provisional de la ejecución de la Resolución de Inscripción de Privilegio de fecha 20 de junio del año 2011, realizada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), ante el Registrador de Títulos del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia, por improcedente, mal fundada y carente de base legal. TERCERO: COMPENSA, las costas pura y simplemente por tratarse de una Solicitud de Adopción de Medida Cautelar. CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente, RIU HOTELS, S. A., a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo, para su conocimiento y fines procedentes. QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. SARA HENRIQUEZ MARIN Juez Presidente FEDERICO E. FERNANDEZ DANILO CARABALLO NÚÑEZ Juez Juez Suplente GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por la juez antes mencionada, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha QUINCE (15) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL ONCE (2011) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los QUINCE (15) días del mes de SEPTIEMBRE del año DOS MIL ONCE (2011). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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