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Sentencia 105-2013__166-105-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia105-2013__166-105-
Páginas10

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa INVERSIONES COSTATLANTICA, S. A., en fecha 03 de mayo del año 2007, en contra de la Resolución de Reconsideración No. 104-07, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en fecha 20 de marzo del año 2007. SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa INVERSIONES COSTATLANTICA, S. A., en fecha 03 de mayo del año 2007, contra la Resolución de Reconsideración No. 104-07, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en fecha 20 de marzo del año 2007, correspondiente al período fiscal del 2004, que mantiene los ajustes practicados a las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2004 y del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), correspondientes a los períodos fiscales comprendidos entre el 1ro de junio y el 31 de diciembre, por improcedente, mal fundada y carente de base legal, y en consecuencia, confirma la referida Resolución. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente, empresa INVERSIONES COSTATLANTICA, S. A., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo, para su conocimiento y fines procedentes. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta FEDERICO E. FERNANDEZ DIOMEDE Y. VILLALONA G. Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente Sentencia de fecha ONCE (11) del mes de ABRIL del año DOS MIL TRECE (2013) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ONCE (11) días del mes de ABRIL del año DOS MIL TRECE (2013). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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