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Sentencia 108-2013__199-108-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia108-2013__199-108-
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: RECHAZA la solicitud sobreseimiento planteado por el Procurador General Administrativo, conforme los motivos antes indicados. SEGUNDO: DECLARA regular y válido en cuanto a la forma, el recurso de tercería interpuesto por señor VÍCTOR JOSÉ DIAZ RUA, en fecha 30 de octubre del año 2009, contra la sentencia No. 210-2012, de fecha 15 de octubre del año 2012, dictada por la Segunda Sala de este Tribunal, a favor de la empresa LUDOVINO INDUSTRIAL, S. A., en perjuicio del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el recurrente, por haber sido interpuesto conforme a las normas procesales vigentes. TERCERO: ACOGE en cuanto al fondo el indicado recurso, en consecuencia ANULA la sentencia No. 2102012, de fecha 15 de octubre del año 2012, dictada por la Segunda Sala de este Tribunal, únicamente en lo relativo al recurrente, señor VÍCTOR JOSÉ DIAZ RUA, conforme los motivos antes indicados. CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente VÍCTOR JOSÉ DÍAZ RUA, al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), a la empresa LUDOVINO INDUSTRIAL, S. A. y al Procurador General Administrativo. QUINTO: ORDENA, que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. DELFINA AMPARO DE LEÓN SALAZAR Jueza Presidente en Funciones MILDRED HERNÁNDEZ GRULLÓN SERGIO ANTONIO ORTEGA Jueza Juez GREISY RIJO GÓMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, secretaria que certifica. GREISY RIJO GÓMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha DIEZ (10) del mes de ABRIL del año DOS MIL TRECE (2013) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los DIEZ (10) días del mes de ABRIL del año DOS MIL TRECE (2013). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 14 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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