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Sentencia 109-1999__1429-109

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia109-1999__1429-109
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Lo que falló el Tribunal

Primero: Declarar, como al efecto declara, la inconstitucionalidad de los artículos 63 (1ra. parte), 80 y 143 del Código Tributario (Ley 11-92), de fecha 16 de mayo de 1992; Segundo: Declarar, como al efecto declara, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso-tributario interpuesto en fecha 12 de marzo de 1999, por Editora Global, S. A., contra la Resolución No. 058-99, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas, en fecha 1ro. de marzo de 1999; Tercero: Desestimar, como al efecto desestima, el Dictamen No. 93-99, de fecha 7 de abril de 1999, del Magistrado Procurador General Tributario; Cuarto: Ordenar, como por la presente ordena, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente y al Magistrado Procurador General Tributario con la finalidad de que dicho funcionario produzca su dictamen sobre el fondo del asunto, dentro del plazo legal; Quinto: Ordenar, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín Judicial del Tribunal Contencioso-Tributario. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Sara Henríquez Marín, Yadira de Moya K., María Alt. Rosario C., Julián A. Henríquez P. y Judhit Contreras E. Ana Luisa Smith Peña, Secretaria. Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los señores Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do

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