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Sentencia 111-2013__201-111-

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia111-2013__201-111-
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA, bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la recurrente, AGUSTÍN RAFAEL GARCÍA MERCEDES, contra la Resolución de Reconsideración No. 396-09, dictada por Dirección General de Impuesto Internos, en fecha treinta (30) del mes de noviembre del año dos mil nueve (2009), por haber sido interpuesto conforme los preceptos legales que rigen la materia. SEGUNDO: Rechaza en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario, incoado por el recurrente, señor AGUSTÍN RAFAEL GARCÍA MERCEDES, en fecha treinta (30) del mes de diciembre del año dos mil nueve (2009), conforme los motivos indicados anteriormente y en consecuencia confirma en todas y cada una de sus partes la Resolución de Reconsideración No. 396-09, dictada por Dirección General de Impuestos Internos, en fecha 30 de noviembre del 2009, en virtud de los motivos indicados. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente, AGUSTÍN RAFAEL GARCÍA MERCEDES, a la Dirección General de Impuestos Internos, y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. DELFINA AMPARO DE LEÓN SALAZAR Jueza Presidenta en Funciones MILDRED I. HERNÁNDEZ GRULLÓN SERGIO ANTONIO ORTEGA Jueza Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha DIECISIETE (17) días del mes de ABRIL del año dos mil trece (2013) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los DIECISIETE (17) días del mes de ABRIL del año dos mil trece (2013). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 9 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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