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Sentencia 200-2012__2327-200

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia200-2012__2327-200
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la empresa IMPORTADORA DE REPUESTOS INDUSTRIALES, C. POR A., contra la Resolución de Reconsideración No.328-08, de fecha ocho (8) de diciembre del año 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la empresa IMPORTADORA DE REPUESTOS INDUSTRIALES, C. POR A., por improcedente, mal fundado y carente de base legal y en consecuencia confirma en todas y cada una de sus partes la Resolución de Reconsideración No.328-08, de fecha ocho (8) de diciembre del año 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por estar fundamentadas en derecho. TERCERO: Ordena, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente, empresa IMPORTADORA DE REPUESTOS INDUSTRIALES C. POR. A., la parte recurrida, Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y al Procurador General Administrativo. CUARTO: Ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. FRINETTE PADILLA JIMENEZ Juez Presidente MILDRED I. HERNANDEZ GRULLON ILEANA PEREZ GARCIA Juez Jueza Suplente GREISY RIJO GÓMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, secretaria que certifica. GREISY RIJO GÓMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha QUINCE (15) días del mes de OCTUBRE del año dos mil doce (2012) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los QUINCE (15) días del mes de septiembre del año dos mil doce (2012). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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