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Sentencia 206-2012__3373-206
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por el señor LUIS JOSE VIDAL, contra la Resolución de Reconsideración No. No.113-09, de fecha 20 de abril del 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: ACOGE en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el señor LUIS JOSE VIDAL, en fecha 26 de mayo del año 2009, en consecuencia, ordena a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la reducción por concepto de Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria, Viviendas Suntuarias y Solares Urbanos no Edificados, para el ejercicio fiscal 2008 a un valor de RD$18,760.00, más los recargos por mora y los intereses indemnizatorios correspondientes. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente señor LUIS JOSE VIDAL, a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC Jueza Presidenta DIOMEDE Y. VILLALONA G. ILEANA G. PEREZ GARCIA Juez Jueza Suplente GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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