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Sentencia 233-2012__2320-233
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa INVERSIONES SOTO & GOICO, S. A., en fecha veintidós (22) de enero del año 2009, en contra de la Resolución de Reconsideración No.288-08 de fecha 11 de noviembre de 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: ACOGE, en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa INVERSIONES SOTO & GOICO, S. A., en fecha veintidós (22) de enero del año 2009, contra la Resolución de Reconsideración No. 288-08 de fecha 11 de noviembre de 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en consecuencia REVOCA la Resolución No.288-08, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en fecha 11 de noviembre de 2008, y deja sin efecto la estimación del ITBIS de los períodos fiscales mayo, junio y septiembre del 2007 y enero del 2008. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente, la empresa INVERSIONES SOTO & GOICO, S. A., a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo, para su conocimiento y fines procedentes. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. DELFINA AMPARO DE LEON SALAZAR Juez Presidente en Funciones FEDERICO E. FERNÁNDEZ DIOMEDE Y. VILLALONA G. Juez Juez GREISY RIJO GÓMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. GREISY RIJO GÓMEZ Secretaria General
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