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Sentencia 250-2012__3298-250
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por INDUSTRIAS METEORO, C POR A., en fecha 19 de agosto del año 2009, en contra de la Resolución de Reconsideración No. 212-09-11 de fecha 08 de julio de 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por INDUSTRIAS METEORO, C POR A., en fecha 19 de agosto del año 2009, en contra de la Resolución de Reconsideración No. 212-09-11 de fecha 08 de julio de 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), correspondiente al período fiscal 2006, que mantiene los ajustes practicados a las Declaraciones Juradas del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), correspondientes a los períodos fiscales comprendidos entre el 1ro de enero al 31 de diciembre de 2006, por improcedente, mal fundada y carente de base legal, y en consecuencia, confirma la referida Resolución. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente, INDUSTRIAS METEORO, C POR A., a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo, para su conocimiento y fines procedentes. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencian, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. DELFINA AMPARO DE LEON SALAZAR Jueza Presidenta en Funciones FEDERICO E. FERNÁNDEZ DIOMEDE Y. VILLALONA G. Juez Juez MARILALBA DIAZ VENTURA Secretaria General en Funciones DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. MARILALBA DIAZ VENTURA Secretaria General en Funciones
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