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Sentencia 251-2012__1652-251

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia251-2012__1652-251
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por los Sucesores de la Finada FAUSTINA HERMINIA PEÑA VDA. FERNANDEZ, señores MARÍA RAMONA FERNANDEZ PEÑA Y COMPARTES, contra la Resolución No. 311-09, de fecha 29 de Septiembre del año 2009, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: ACOGE en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los Sucesores de la Finada FAUSTINA HERMINIA PEÑA VDA. FERNANDEZ, señores MARÍA RAMONA FERNANADEZ PEÑA Y COMPARTES, de fecha 17 de noviembre del 2009 y en consecuencia Revoca en todas sus partes la Resolución No. 311-09, de fecha 29 de Septiembre del año 2009, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, (DGII) por las razones antes expuestas, a los fines de que los bienes objeto de la sucesión en cuestión sean tasados por la Dirección General de catastro Nacional para que el precio señalado por la misma sea tomado en cuenta por la Dirección General de Impuestos Internos para la fijación del Impuesto Sucesoral a pagar por los recurrentes. TERCERO: DECLARA el presente proceso libre de costas. CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a las partes recurrentes los Sucesores de la Finada FAUSTINA HERMINIA PEÑA VDA. FERNANDEZ, señores MARÍA RAMONA FERNANDEZ PEÑA Y COMPARTES, a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. DELFINA AMPARO DE LEON SALAZAR Jueza Presidenta en Funciones FEDERICO E. FERNÁNDEZ DIOMEDE Y. VILLALONA G. Juez Juez MARILALBA DIAZ VENTURA Secretaria General en Funciones DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. MARILALBA DIAZ VENTURA Secretaria General en Funciones

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