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Sentencia 294-2014__4198-294

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia294-2014__4198-294
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por HALMENDARYS DE JESUS ROSARIO GRULLON, en fecha 26 de abril del año 2012, contra la Resolución No.935-11 de fecha 21 de diciembre del año 2011, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo, en todas sus partes el recurso contencioso tributario interpuesto por la recurrente HALMENDARYS DE JESUS ROSARIO GRULLON, por los motivos dados en el cuerpo de esta sentencia, y en consecuencia, confirma la resolución objeto del recurso. TERCERO: DECLARA el presente proceso libre de costas. CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente HALMENDARYS DE JESUS ROSARIO GRULLON, a la parte recurrida Dirección General de Impuesto Interno (DGII), y a la Procuraduría General Administrativa. QUINTO: ORDENA, que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. VANESSA ACOSTA PERALTA Jueza Presidenta en Funciones RAFAEL BAEZ GARCIA DILCIA M. ROSARIO ALMONTE JuezJueza DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. YUDELKA POLANCO LEÓN Secretaria General en Funciones La presente Sentencia de fecha OCHO (08) días del mes de AGOSTO del año DOS MIL CATORCE (2014), es Copia fiel conforme a su Original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los OCHO (08) días del mes de AGOSTO del año DOS MIL CATORCE (2014). YUDELKA POLANCO LEÓN Secretaria General en Funciones

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 8 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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